Tal como lo habíamos anticipado (video del anticipo) y gracias a las gestiones de la Cámara de Comercio e Industria de la Provincia de Salta, en el trascurso de la noche del martes 5 de mayo el Gobernador de la provincia anunció la apertura de los comercios en el territorio provincial (video del anuncio).
Para iniciar la atención al público, el comerciante debe ajustarse a la siguientes resoluciones:
RES. N° 11 - OBLIGATORIEDAD DEL USO DE TAPABOCAS. Establece la obligatoriedad del uso de tapabocas a todas las personas que se encuentren fuera de sus residencias en el territorio provincial, a partir del día 13 de abril del corriente año, hasta que finalice totalmente el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prorrogas. Publicada: B. O. 13/04/20 N° 20.719
RES. N° 14 - DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 524/2020 DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN. ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEBERÁN REALIZAR LOS PROTOCOLOS, GARANTIZANDO EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS DISPOSICIONES SANITARIAS. Establece que las actividades y servicios exceptuados del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, previstos en la Decisión Administrativa N° 524/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, deberán realizarse de conformidad a las condiciones, garantizando en todos los casos el cumplimiento de todas las disposiciones sanitarias relativas a COVID-19. Publicada: B. O. 23/04/20 N° 20.727
RES. N° 22 - HABILITA EN EL ÁMBITO DE TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL, LA ACTIVIDAD DE LOS COMERCIOS. Habilita en el ámbito de todo el territorio provincial, la actividad de los comercios, con protección sanitaria, distancia social, sin concentración de personas, y sin espera dentro de los establecimientos. Publicada: B. O. 06/05/20 N° 20.735
RES. N° 24 - ESTABLECE UN RÉGIMEN ÚNICO DE CIRCULACIÓN DE PERSONAS EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA PARA LA CONCURRENCIA A LOS COMERCIOS HABILITADOS CONFORME LO DISPONE LA RESOLUCIÓN N° 22/20 DEL C.O.E. Establece un réqimen único de circulación de personas en todo el territorio de la Provincia para la concurrencia a los comercios habilitados conforme lo dispone la Resolución N° 22/20 del Comité Operativo de Emerqencia, según terminación del D.N.I. los que terminen en número par (0, 2, 4, 6, 8) podrán circular los días lunes, miércoles y viernes y las personas cuyo D.N.I. termine en número impar (1, 3, 5, 7, 9) podrán circular los días martes, jueves y sábado. Publicada: B. O. 08/05/20 N° 20.737 VER ANEXO DE LA RES. N° 24
DECLARACIÓN JURADA PARA COMERCIOS: https://ddjjcomercio.salta.gob.ar/
Acompañamos Metodologia y Protocolo sujeto a aprobación del COE:
DESCARGAS PARA SEÑALIZACIÓN DEL COMERCIO:
• PROTOCOLO PARA EL INGRESO E INTERIOR DEL COMERCIO:
• DATOS DE CONTACTO Y CANALES DE VENTA DEL COMERCIO, PERSONALIZABLE:
Para denunciar incumplimientos de estas disposiciones comunicarse al 911.
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