El presidente de la institución mantuvo un encuentro con las autoridades de la Secretaria de Defensa del Consumidor con la finalidad de analizar los alcances de la Resolución 51 – E/2017 del Ministerio de Producción de la Nación.
PRECIOS TRANSPARENTES: Exhibición de precios, cuidados a la hora de la información a difundir, gestión ante el gobierno
La entrada en vigencia de esta resolución ha causado incertidumbre en los comercios, en particular a la hora de exhibir los precios en sus vidrieras y vender en cuotas los productos. De esta manera en el afán de dar cumplimiento a la normativa y evitar la aplicación de sanciones a los comercios por parte de la Secretaria de Defensa al Consumidor, el presidente y el secretario de nuestra institución fueron recibidos por la Subsecretaria del organismo, Dra. Emilia Ruiz oportunidad en la que se abordó la normativa en general y la operatoria de manera especial, la forma en que se deben realizar las operaciones, la aplicación – en este marco- del Plan Ahora 12, y Ahora 18, etc.
Así, fuimos informados que las inspecciones se están realizando para verificar el cumplimiento de las nuevas pautas y están orientadas sobre todo a brindar toda la información necesaria y aclarar las dudas.
Por ello, recordamos a los comerciantes tengan en cuenta los siguientes aspectos a observar en el marco de esta normativa:
• La primera medida que deben aplicar los comercios es la de exhibir el PRECIO DE CONTADO de la mercadería, considerado sea éste pagado en efectivo o en 1 pago con tarjeta de crédito o débito.
• Cuando los precios se exhiban en las vidrieras, debe indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total (CFT).
• Quienes comercialicen a través de planes de financiamiento no pueden incluir en su publicidad ó difusión cualquiera sea el medio elegido (impresiones, radio, televisión, diario, redes sociales, whatsapp, etc.) la frase “SIN INTERÉS”, y en todos los casos se deberán consignar los datos expuestos en el párrafo anterior.
• Los comerciantes que se han sumado al Plan Ahora 12 y Ahora 18 también deben expresar el costo financiero en el producto que ofrecen. Este CF termina siendo absorbido en parte por el comercio y en parte por el gobierno a través de los bancos, no siendo trasladado el costo – en ninguno de los casos – al consumidor.
• INFORMACIÓN: Toda la información respecto de la normativa, aplicativos, ejemplos de “COMO EXHIBIR LOS PRECIOS” puede adquirirse en http://www.produccion.gob.ar/; http://defensadelconsumidor.salta.gov.ar/ ; o en la web de nuestra cámara, www.comerciosalta.com .
Por último se acordó un nuevo encuentro con la Secretaría a realizarse en 2 semanas para continuar con el tratamiento de este tema, analizar las diferentes situaciones que se vayan presentando por la aplicación de la normativa, y aunar mecanismos para un correcto cumplimiento de la misma.-
Arq. Gastón Casanova (Secretario General) - Dr. Rubén Barrios (Presidente)